Han pasado casi dos años desde que el pueblo indígena U’wa llevó sus reclamos contra el Estado colombiano hasta el tribunal internacional más importante de América. Este viernes, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) le ha dado la razón y ha declarado que el Estado colombiano violó sus derechos a la propiedad colectiva, la participación política, el acceso a la información, el medio ambiente sano, la libertad de expresión, la propiedad colectiva, el acceso a la información, la vida cultural, la niñez, la protección judicial y la libre determinación de los pueblos indígenas. El pueblo históricamente asentado en la falda del Nevado del Cocuy, en el centro oriente del país, ha ganado una batalla contra el Estado y también contra las multinacionales petroleras que trabajan en su territorio.
La victoria es histórica. La lideró, desde la década de los 90, Evaristo Tegría, el primer abogado U’wa de Colombia y quien llevó el caso hasta la Comisión Interamericana de Derechos Humanos el 28 de abril de 1998. Y fue apenas en 2015 que la CIDH admitió esa petición. Una demora que no pasó desapercibida para la Corte: “El Tribunal nota con preocupación que, entre la presentación de la petición inicial ante la Comisión y el sometimiento del caso ante la Corte, transcurrieron 22 años y 6 meses”, dice al comienzo del fallo.
En esas dos décadas, desde que los indígenas elevaron la demanda hasta el fallo de este viernes, el Estado colombiano sí se ha pronunciado sobre los derechos colectivos. En 2015, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca suspendió uno de los títulos mineros hasta que se adelantara la consulta previa. Durante los cinco años siguientes, la minera DDI Mining y la Agencia Nacional de Minería se opusieron a la decisión judicial. Según la Corte, “no hay información adicional sobre lo resuelto en la segunda instancia”.
Ante la condena, la Agencia de Defensa Jurídica del Estado emitió un comunicado en el que reseña los avances en la protección al pueblo U’wa en las dos décadas que estuvo el caso en el sistema interamericano. Se refirieron a sentencias de la Corte Constitucional que hablan sobre la protección de las minorías étnicas, la protección de los territorios indígenas, el reconocimiento del riesgo del pueblo U’wa en el conflicto armado, entre otras. “La Agencia acata la decisión tomada por la Corte IDH y reitera su compromiso con el cumplimiento de las órdenes proferidas”, se lee.
La sentencia internacional es la primera de la Corte IDH que protege los derechos colectivos de todo un pueblo indígena colombiano, no de una o varias de sus comunidades específicas. Los U’wa, uno de los 102 pueblos indígenas que hay en Colombia, están asentados en cuatro departamentos: Arauca, Norte de Santander, Santander y Boyacá. En esos territorios, hay al menos 6.825 personas de esa etnia.
La Corte IDH ordena al Estado que, en el menor tiempo posible, restituya la propiedad colectiva de las tierras a los indígenas, que avance en la titulación de su territorio y que termine ese saneamiento en un plazo máximo de tres años. Una de las órdenes más contundentes es la cancelación de todos los títulos mineros y petroleros que ha otorgado el Estado en el territorio ancestral de los U’wa. La sentencia recoge varios testimonios de habitantes y líderes de la región en los que denuncian que desde entonces se contaminaron las aguas de los ríos y se afectó su estilo de vida, pesquero por tradición.
En su defensa, el Estado alegó que, de tener que cancelar los títulos petroleros y mineros de la región, “se pondría en grave peligro la totalidad de la producción energética del país, y amenazaría el sistema económico como un todo y la finalidad legítima que debe alcanzar el Estado de promover el desarrollo”. Por el territorio U’wa cruza el oleoducto Caño Limón – Coveñas, una de las principales infraestructuras petroleras de Colombia y blanco de innumerables ataques de la guerrilla del ELN desde su construcción. Sobre esto, la sentencia ha ordenado al Estado que mitigue los daños ambientales ocasionados en marzo de 2014, en uno de los derrames de crudo que afectó a los indígenas.
Laura Posada, abogada de Earth Rights International y una de las apoderadas del caso, dice vía telefónica que otro de los puntos clave en la decisión es que la Corte no solo busca proteger los territorios indígenas, sino también las zonas adyacentes “donde la implementación de los proyectos mineros pueda tener un impacto en los pueblos indígenas”. La Corte IDH también determinó que el Estado deberá cumplir con la consulta previa y respetar la decisión, así los proyectos mineros estén andando en esa zona hace más de 20 años.
Una de las organizaciones que celebró la decisión es Amazon Watch, la oenegé internacional para la protección de comunidades indígenas en la Amazonia. Frente a la decisión, Andrew Miller, el director de defensa de la organización, dijo vía WhatsApp que “ahora la administración del Presidente Petro tiene que actuar con urgencia para cumplir cabalmente con la sentencia en 2025. La sentencia también reafirma el concepto de que los gobiernos, en Colombia u otros países de la región, no deben imponer industrias extractivas en territorios ancestrales indígenas en violación de sus culturas y cosmovisiones que casi siempre se oponen a la destrucción de la Madre Tierra”.
El fallo, de 120 páginas, resuelve una lucha judicial de casi tres décadas. Juliana Bravo, otra de las abogadas del caso, sostiene que el análisis que hizo la Corte IDH de este caso se podría casi calcar para explicar lo que viven otros indígenas de Colombia. A su juicio, la decisión es importante no solo porque reitera que el derecho a la consulta previa es inviolable y reivindica el derecho a la propiedad de la tierra de los pueblos étnicos, sino porque muestra la importancia de la participación activa de la comunidad en un caso. “En este caso hubo varios abogados U’wa interviniendo desde el comienzo. Más que ser un asunto jurídico, esto ha estado acompañado de procesos ancestrales que representan a las comunidades. Además de Evaristo Tegría, que estructuró el proceso desde los años 90, Aura Tegría acompañó el caso hasta sus instancias en la Corte”.
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Publish date : 2024-12-20 11:00:00
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